Derecho mercantil
Pactos entre socios
Reglas claras antes de que surja un desacuerdo.
Redactamos y revisamos pactos de socios adaptados a cada sociedad: cómo se toman las decisiones, cómo se entra y se sale del capital, cómo se valoran las participaciones y cómo se evitan los bloqueos.

A quién va dirigido
- Socios fundadores que empiezan un proyecto
- Sociedades que incorporan un nuevo socio o inversor
- Sociedades familiares que preparan el relevo
Qué suele regular un pacto de socios
- Mayorías reforzadas y materias reservadas
- Aportaciones, dedicación y permanencia de los socios
- Transmisión de participaciones: derechos de adquisición preferente, arrastre y acompañamiento
- Valoración de las participaciones en caso de salida
- Mecanismos para resolver bloqueos
- No competencia y confidencialidad
Pacto y estatutos
Los estatutos son públicos y se inscriben en el Registro Mercantil; el pacto de socios es un acuerdo privado que vincula a quienes lo firman. Revisamos ambos documentos para que no se contradigan y para decidir qué conviene llevar a los estatutos.
Preguntas frecuentes
¿Necesito un pacto si solo somos dos socios?
Es precisamente cuando más conviene: con dos socios al 50 % cualquier desacuerdo puede bloquear la sociedad. El pacto anticipa cómo se decide, cómo se sale y cómo se valora la participación.
Preparar mi pacto de socios
Cuéntenos su situación. Le indicaremos qué profesional habilitado se ocupa del asunto, el alcance del trabajo y el presupuesto, por escrito y antes de empezar.
Preparar mi pacto de sociosFuentes y normativa consultadas
- Real Decreto Legislativo 1/2010, Ley de Sociedades de Capital (art. 29: pactos reservados) · consultada el 07/11/2026
Información general, no constituye asesoramiento para un caso concreto. La normativa y los criterios administrativos cambian: confirmamos los requisitos vigentes al estudiar su caso.