Área de práctica
Derecho mercantil
Estructuras sólidas para decidir con calma.
Acompañamos a sociedades, socios y empresarios en las decisiones que condicionan su actividad: cómo se organiza la sociedad, qué se firma con terceros y cómo se cumple la normativa aplicable.

A quién asesoramos
A quién asesoramos
Sociedades, socios, administradores y personas que van a emprender.
Qué resolvemos
- Constituir, reorganizar o adaptar una sociedad
- Fijar reglas claras entre socios antes de que surja un conflicto
- Redactar, revisar o negociar contratos con clientes y proveedores
Servicios en detalle
Servicios
Derecho societario
Constitución y elección de forma social, estatutos, órganos de administración, juntas, ampliaciones y reducciones de capital, y operaciones de reorganización.
Pactos entre socios
Reglas de entrada y salida, mayorías, valoración de participaciones, permanencia y prevención de bloqueos, adaptadas a la realidad de cada sociedad.
Contratos mercantiles
Redacción, revisión y negociación de contratos de distribución, prestación de servicios, suministro, agencia y colaboración entre empresas.
Conflictos societarios
Análisis de la posición de cada parte, negociación y, cuando no hay acuerdo, preparación de la vía que corresponda con el profesional habilitado.
Contratación tecnológica y datos
Contratos de software, servicios en la nube y encargos de tratamiento, con la protección de datos atendida por profesionales habilitados.
Cumplimiento normativo
Revisión de obligaciones societarias y sectoriales, libros, depósitos y políticas internas proporcionadas al tamaño de la empresa.

Un buen contrato no se nota el día que se firma, sino el día que algo cambia.
Cómo trabajamos
- 01
Lectura del caso
Reunimos la documentación societaria y contractual y fijamos qué decisión hay que tomar y en qué plazo.
- 02
Diagnóstico
Identificamos riesgos, alternativas y el coste aproximado de cada una antes de comprometer nada.
- 03
Documento
El profesional responsable redacta o revisa el documento y lo explica cláusula a cláusula.
- 04
Seguimiento
Acompañamos la firma, las inscripciones que procedan y los cambios posteriores.
Preguntas frecuentes
¿Cuándo conviene firmar un pacto de socios?
Lo ideal es al constituir la sociedad o cuando entra un nuevo socio, porque las reglas se acuerdan mejor antes de que surja un desacuerdo. También es útil cuando cambia el peso de los socios o se prepara la entrada de inversión.
¿Qué diferencia hay entre los estatutos y un pacto de socios?
Los estatutos se inscriben en el Registro Mercantil y son públicos; el pacto de socios es un acuerdo privado entre los firmantes que puede regular cuestiones con mayor detalle. Conviene que ambos documentos sean coherentes entre sí.
¿Podéis revisar un contrato que ya me han enviado para firmar?
Sí. Indicamos qué cláusulas conviene negociar, qué riesgos asume cada parte y qué alternativas de redacción pueden proponerse, antes de que lo firme.
¿Quién firma el trabajo jurídico?
El profesional colegiado que presta el servicio, que se identifica antes de aceptar el encargo. CLARTO coordina el asunto y es su punto de contacto.